Arts. 444 al 451 | Servicio de empleo
SECCIÓN QUINTA: DEL SERVICIO DE EMPLEO Art. 444.- En la Secretaría de Estado de Trabajo habrá una Dirección General de Empleo con las siguientes atribuciones: 1o. Mantener un registro de …
SECCIÓN QUINTA: DEL SERVICIO DE EMPLEO Art. 444.- En la Secretaría de Estado de Trabajo habrá una Dirección General de Empleo con las siguientes atribuciones: 1o. Mantener un registro de …
SECCIÓN SEXTA: DEL COMITÉ NACIONAL DE SALARIOS Art. 452.- En la Secretaría de Estado de Trabajo funcionará un Comité Nacional de Salarios, integrado de la manera siguiente: 1o. Por un …
SECCIÓN SÉPTIMA: DE LA GARANTÍA DE LOS CRÉDITOS LABORALES Art. 465.- Se crea una garantía que abonará a los trabajadores el importe de los salarios correspondientes a cuatro meses como …
CAPÍTULO III: DE LAS ORGANIZACIONES Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE TRABAJO SECCIÓN PRIMERA: DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE TRABAJO I: DE LOS JUZGADOS DE TRABAJO Art. 467.- …