Arts. 587 al 589 | Excepciones de declinatoria
CAPÍTULO II: DE LAS EXCEPCIONES DE DECLINATORIA Art. 587.- La declinatoria por causa de incompetencia en razón de la materia puede ser solicitada en todo estado de causa por cualquiera …
CAPÍTULO II: DE LAS EXCEPCIONES DE DECLINATORIA Art. 587.- La declinatoria por causa de incompetencia en razón de la materia puede ser solicitada en todo estado de causa por cualquiera …
CAPÍTULO III: DE LAS EXCEPCIONES DE NULIDAD Art. 590.- Será declarada nula toda diligencia o actuación verificada antes de la expiración del plazo legal que deba precederle o después de …
CAPÍTULO IV: DE LAS EXCEPCIONES DE IRREGULARIDAD DE FORMA Art. 593.- La parte que tenga interés en que se ordene la nueva redacción o la corrección de un acta viciada …
TÍTULO V: DE LA RECUSACIÓN Art. 597.- Cualquiera de los miembros de un juzgado de trabajo puede ser recusado: 1o. Cuando tenga algún interés personal en el asunto, o cuando …